Legalizar una instalación fotovoltaica

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Legalizar una instalación fotovoltaica es un proceso que requiere de una serie de pasos administrativos que, si bien pueden ser un poco liosos para las personas poco habituadas a realizar este tipo de trámites, en los últimos años se han simplificado mucho. Este protocolo está regulado en el Real Decreto 244/2019, y establece diferencias según el tipo de autoconsumo. A continuación te lo explicamos paso a paso.

Determinar el tipo de autoconsumo para legalizar una instalación fotovoltaica

Una instalación fotovoltaica de autoconsumo es aquella que se instala en viviendas particulares o en empresas y tiene conexión a la red eléctrica. Las que funcionen de forma aislada, sin conexión a la red, no entran dentro de esta categoría. Tampoco las instalaciones dedicadas a la venta de energía.

La documentación requerida para legalizar una instalación fotovoltaica es diferente según la modalidad de autoconsumo. Según recoge la Ley, hay cuatro opciones diferenciadas:

  1.  Autoconsumo sin excedentes. La instalación fotovoltaica está conectada a la red eléctrica y cuenta con un dispositivo incorporado para que evitar que el excedente de energía se vierta a la red.
  2. Autoconsumo con excedentes. En este caso, la instalación, que está conectada a la red eléctrica, genera energía para el autoconsumo, y vierte a la red la electricidad excedente.
  3. Acogido a la compensación simplificada de excedentes. En el autoconsumo con excedentes, cuando sea energía sobrante se vierte a la red, el usuario puede recibir a cambio una compensación económica en la factura mensual por parte de la empresa comercializadora.
  4. No acogido a la compensación simplificada de excedentes. Con esta modalidad, los excedentes producidos por la instalación fotovoltaica se venden en el mercado eléctrico.

Legalizar una instalación fotovoltaica sin excedentes

La instalación fotovoltaica sin excedentes es la más común, y su legalización tiene una tramitación muy sencilla. Simplemente, hay que contactar con la empresa comercializadora encargada de suministrar a la vivienda, que se ha realizado dicha instalación. Como se va a efectuar ningún vertido a la red eléctrica, no es necesario solicitar permisos de acceso y de conexión. El único trámite que se requiere, es entregar al organismo competente la memoria o proyecto técnico y el certificado de instalación.

La documentación puede variar según la tensión de la instalación.

Instalaciones en baja tensión, documentación necesaria:

  • Memoria técnica del diseño o proyecto (para potencias de  < 10 kW) y certificado de dirección de obra (cuando la potencia es de >10 kW).
  • Declaración responsable sobre la instalación, anexada a las declaraciones UE de conformidad en español, del fabricante de los inversores y/o equipos eléctricos instalados.
  • Certificado de instalación eléctrica.
  • Formulario de comunicación de datos.
  • Certificado de inspección inicial (cuando la potencia es > 25 kW)
  • Documentación para la evaluación del antivertido a la red.

Instalaciones en alta tensión, documentación requerida:

  • Proyecto.
  • Certificado de instalación eléctrica y certificado de dirección de obra.
  • Declaración responsable sobre la instalación, anexada a las declaraciones UE de conformidad en español, del fabricante de los inversores y/o equipos eléctricos instalados.
  • Documentación para la evaluación del antivertido a la red.
  • Certificado de inspección inicial (en potencias de > 25 kW)
  • Contrato de mantenimiento.
  • Hoja resumen de las características de la instalación.

Legalización de una instalación fotovoltaica con excedentes

En cuanto a las instalaciones fotovoltaicas con excedentes, tienen cumplirse los siguientes requisitos:

  1. La fuente de energía tiene que estar generada por paneles fotovoltaicos.
  2. La potencia total de a instalación no puede superar los 100 kW.
  3. El usuario tiene que tener un contrato de suministro con una empresa comercializadora.
  4. El usuario tiene que tener un contrato específico de compensación de excedentes, según el artículo 14 del Real Decreto.
  5. La instalación no debe percibir de un régimen retributivo adicional o específico.

En cuanto a la documentación, también varía según la tensión de la instalación.

Instalaciones en baja tensión con potencia por debajo de los 100 kW, documentación necesaria:

  • Certificado de instalación eléctrica.
  •  Memoria técnica de diseño (en potencias de  < 10 kW) o proyecto, y Certificado de dirección de obra (cuando la potencia es >10 kW).
  • Declaración responsable sobre la instalación, anexada a las declaraciones UE de conformidad en español, del fabricante de los inversores y/o equipos eléctricos instalados.
  • Certificado de inspección inicial (cuando la potencia es > 25 kW)
  •  Formulario de comunicación de datos.
  •  Aceptación de las condiciones técnicas y económicas de la conexión.
  • En el caso de instalarse inversores, documento del fabricante.

Resto de instalaciones:

  • Proyecto.
  • Documento de aceptación de las condiciones técnicas y económicas de la conexión emitidas por la compañía distribuidora.
  • Acreditación de la capacidad legal, técnica y financiera para la realización del proyecto.
  • Certificado de dirección de obra.
  • Certificado de instalación eléctrica.
  • Declaración responsable sobre la instalación
  • Certificado de inspección inicial (potencia > 25 kW)
  • Hoja resumen de características.
  • Contrato de mantenimiento.

Justificantes acreditativos de la legalización de la instalación fotovoltaica

Los justificantes acreditativos son documentos que emite cada Comunidad Autónoma después de finalizar la tramitación de la instalación fotovoltaica. Sirven, como indica su nombre, para acreditar que dicha instalación se encuentra legalizada. Una vez generado este justificante, ya no es necesario hacer ningún trámite más. Es importante obtener este documento, en papel o en formato virtual, porque hay comercializadoras que lo exigen para poder acogerse al consumo con compensación de excedentes. También se deberá adjuntar a la hora de solicitar subvenciones o bonificaciones a las diferentes administraciones públicas.

Otros documentos que es conveniente tener a mano, son el proyecto técnico o la memoria, donde se describen los detalles de la instalación, ya que puede ser necesaria si en el futuro se desea realizar una ampliación o cualquier otra modificación. Por último, también es importante tener el CIE con la forma de un electricista autorizado.

Legalización y subvenciones

Legalizar una instalación fotovoltaica es un paso imprescindible si se busca tener a acceso a las subvenciones que ofrece el gobierno para promover las energías renovables. Estas ayudas están disponibles tanto para particulares como para pymes, y puede llegar a cubrir entre el 40 y el 90% del importe total de la instalación. También se puede contar con una ayuda específica para el cargador del vehículo eléctrico, siempre y cuando forme parte de una instalación fotovoltaica. En cuanto a las bonificaciones, pueden afectar al IBI de la propiedad o a otro tipo de reducciones fiscales, dependiendo de cada ayuntamiento.

En EFC Solar te asesoramos y te guiamos en todo el proceso para que puedas disfrutar de tu instalación fotovoltaica cuanto antes y sin preocupaciones.

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