¿Los seguros cubren los tejados?

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Cuando la climatología es adversa y se producen temporales, los principales daños los sufren las cubiertas de las casas y edificios. Y aquí surge la duda, ¿Los seguros cubren los tejados, en el caso de que haya que reparar desperfectos? Todo dependerá de la compañía y del fenómeno atmosférico.

¿Los seguros de hogar cubren los tejados?

En los últimos tiempos, debido al cambio climático, nos estamos enfrentando a situaciones atmosféricas muy atípicas, como el excepcional temporal de nieve ocurrido a principios de 2021. Los desperfectos pueden derivar en problemas serios como filtraciones, pérdida del aislamiento o desprendimientos, que tienen que ser reparados cuanto antes. Muchas pólizas de seguros sí que se hacen cargo de los arreglos en los tejados, pero hay algunas condiciones y solamente cubren determinados daños.

Desperfectos de los tejados que pueden cubrir los seguros

Los daños más frecuentes que sufre un tejado por fenómenos atmosféricos son filtraciones y goteras por lluvias, desprendimientos por vientos y daños por nivel, granizo o pedrisco.  Las pólizas de seguros de hogar a todo riesgo cubren, por norma general, las reparaciones del tejado por estas causas y el coste de su sustitución o de las partes dañadas. Pero solamente si  los daños están producidos por fenómenos atmosféricos de determinada intensidad o en algunos casos de accidentes repentinos, siempre y cuando no se trate de problemas derivados del desgaste o de un mal mantenimiento.

Filtración de agua y goteras

Casi siempre que hay problemas de goteras y filtraciones en una vivienda suelen estar producidas por las lluvias. Es un problema que sí cubren los seguros, pero solamente si el mínimo de lluvia que ha caído es 40 litros por metro cuadrado en el periodo de una hora. Además, estos valores tienen que estar registrados por el  Instituto Nacional de Meteorología. Si la cantidad de lluvia es inferior, se considerará que las filtraciones se deben a deficiencias en el mantenimiento por parte de los propietarios. Sin embargo, a veces la compañía sí se hace cargo, si se demuestra que las viviendas de los alrededores han sufrido los mismos daños. La cobertura hace frente a la reparación de goteras en techos, filtraciones en suelos y paredes, e incluso mobiliario.

Nieve y granizo

Otros fenómenos atmosféricos que pueden producir daño en los tejados son la nieve, el pedrisco o el granizo, así que como los desperfectos que puede producir la caída de un rayo. En estos casos no se exige demostrar cierta intensidad. A veces el granizo puede provocar desprendimiento de tejas, y en el caso de nieve acumulada puede dar lugar al hundimiento de algunas partes del tejado. Si esto ocurre, es posible recurrir a la póliza de seguro para realizar las reparaciones pertinentes, siempre y cuando estos fenómenos estén incluidos en las condiciones pactadas, y el continente esté incluido entre los bienes protegidos. Además, habrá que demostrar que el tejado se encontraba en buen estado previamente al fenómeno de nieve o granizo.

Desprendimiento de tejas

El viento también produce daños que pueden quedar cubiertos por nuestra póliza de seguro de hogar, como el desprendimiento de tejas. Para que la empresa se haga cargo, las rachas de viento tienen que ser como mínimo de 80 kilómetros por hora y que los datos se hayan publicado en el Instituto Nacional de Meteorología.

Riesgos atmosféricos y seguros de hogar

Esos son los principales arreglos que cubre el seguro, pero para ello, el asegurado debe tener contratada una póliza de hogar que contemple específicamente la cobertura del continente y la reparación de los daños provocados por fenómenos atmosféricos. La diferencia entre continente y contenido es importante a la hora de contratar un seguro de hogar. El continente hace referencia a los elementos que conforman la estructura de la vivienda, y el contenido agrupa a todo aquello que se encuentra en el interior de la misma por decisión del propietario o el inquilino. En el caso de los paneles solares, pueden considerarse continentes o contenidos, dependiendo de la compañía y del tipo de póliza.

¿Qué no cubren los seguros en los tejados?

Los seguros no cubren todos los fenómenos atmosféricos que superen cierta intensidad. De hecho, quedan fuera de cobertura los fenómenos catastróficos, como inundaciones extraordinarias, tempestades ciclónicas atípicas como ciclones tropicales con vientos de más 96 km/h, tornados, terremotos, maremotos, erupciones volcánicas o caídas de meteoritos. En estos casos, la entidad responsable será el Consorcio de Compensación de seguros. Se trata de una entidad pública empresarial española vinculada al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Funcionan a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. El consorcio se hace responsable de los riesgos mencionados siempre y cuando se halla contratado previamente un seguro para los bienes afectados.

Placas solares en el tejado y seguros del hogar

Como apuntábamos antes, las placas solares también pueden estar cubiertas por el seguro del hogar. De hecho, al tratarse de una instalación que requiere una importante inversión económica, siempre es conveniente revisar las condiciones de la póliza. De esta forma nos aseguramos de que contamos con esa garantía. Para ello, los paneles solares deben entrar dentro del continente de la vivienda, lo que significa que se aplicarán las mismas coberturas que al tejado o al resto de estructuras del inmueble. Hay que tener cuidado con las condiciones de cada póliza, ya que cada aseguradora puede hacer diferentes interpretaciones de los continentes y los contenidos. En algunos casos incluso excluir algunos elementos de la instalación. Por otra parte, es recomendable contar con un seguro de hogar que ofrezca cobertura por robo y por daños a terceros.

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